Esta división comprende actividades a corto y a largo plazo de hospitales generales o
especializados, médicos, quirúrgicos, psiquiátricos o de rehabilitación de toxicómanos, destinados a estancias breves o prolongadas; sanatorios, preventorios, casas de
salud con atención médica, asilos, instituciones hospitalarias para enfermos mentales,
centros de rehabilitación, leproserías y otras instituciones sanitarias con instalaciones
para alojamiento y que ofrecen servicios de diagnóstico y tratamiento médico a pacientes internos con alguna de una amplia gama de enfermedades. Abarca asimismo
actividades de consulta y tratamiento de medicina general y especializada por médicos generalistas, especialistas y cirujanos. Se incluyen actividades de atención odontológica de carácter general o especializado y actividades de ortodoncia. Se incluyen
además actividades de atención de salud que no realizan hospitales ni médicos, sino
profesionales paramédicos legalmente facultados para tratar a pacientes.